Animales de servicio

La Biblioteca del Condado de Multnomah admite animales de servicio en las bibliotecas. Según lo define la Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades (Americans with Disabilities Act, ADA), los animales de servicio son perros o, en algunos casos, caballos miniatura, que han sido entrenados para trabajar o realizar tareas para personas con discapacidades. No se permiten mascotas, animales de compañía, de apoyo emocional o de terapia en la biblioteca.

Los animales de servicio siempre deben estar bajo el control de la persona responsable. Los animales de servicio deben usar un arnés, una correa o estar atados, excepto en estos casos:  

  • Cuando el arnés, la correa o la atadura interfieran con el trabajo del animal de servicio, o 
  • La discapacidad de una persona le impide usar una correa, un arnés o atadura

En aquellos casos en que no se requiera un arnés, una correa o una atadura, la persona responsable deberá mantener al animal de servicio bajo control utilizando la voz, señales u otras formas efectivas.

Los animales de servicio, al igual que otros animales, no pueden dejarse atados y desatendidos en las instalaciones de la biblioteca.

El personal puede pedirle a la persona responsable que retire al animal de servicio de la biblioteca si la conducta del animal de servicio causa molestias, lo que incluye el comportamiento amenazante, y si la persona responsable no puede recuperar o no recupera el control del mismo.

Para obtener más información, consulte la sección sobre Animales de servicio de los Derechos de las Personas con Discapacidades de Oregón y los requisitos de la ADA: Animales de servicio.